Violencia
doméstica:
Qué debería ocurrir cuando la policía llega
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El 1 de enero
del 2000 entraron en vigor, en California, varias leyes relacionadas
con la violencia doméstica. Estas leyes brindan nuevas protecciones
y derechos a las mujeres que son victimizadas por la violencia
de su pareja. Sin embargo, como tristemente sabemos, las leyes
que pretenden proteger a las mujeres son letra muerta si no exigimos
ni vigilamos su cumplimiento. En un esfuerzo por asegurar que
las mujeres conozcamos nuestros derechos a la justicia,
He aquí
lo que debería ocurrir si llamas al sheriff o a la policía para
reportar violencia doméstica:
1. Los agentes
deben elaborar un reporte del crimen y enviarlo a la fiscalía
para que allí tomen acción. Antes de que se retiren, pídeles
el número del caso. La víctima tiene el derecho a recibir
una copia gratuita del reporte dentro de los 5 días después del
incidente.
2. Los
agentes deben efectuar un arresto cuando la víctima presenta lastimaduras
visibles, sin importar que éstas sean leves. En aquellos casos
en que no hay una lastimadura visible, deben informarle a la víctima
que tiene el derecho de hacer un arresto ciudadano.
3. La policía
debe retirar todas las armas del hogar. Esta es una nueva
disposición y una importante medida de protección para las mujeres.
La policía debe preguntar si hay armas en la vivienda. Si no lo
hace, asegúrate de decirles. Luego llámanos y reporta que no te
preguntaron.
4. La policía
debe efectuar un arresto si se ha violado una orden de restricción
por violencia doméstica, ya sea que dicha violación haya ocurrido
o no en presencia del agente. Anteriormente este protocolo
se aplicaba sólo a los condados (y casi nunca se cumplía); hoy
es ley en toda California. Las autoridades también están obligadas
a mantener un registro de todas las órdenes de restricción vigentes
e informar sobre la existencia de las mismas a los agentes que
respondan a una llamada relacionada con violencia doméstica. Una
nueva disposición este año es también que una persona sobre
quien pesa una orden de restricción por violencia doméstica tiene
prohibido portar, poseer o comprar un arma.
5. La policía
debe ofrecer a la víctima una Orden de Protección de Emergencia,
la cual es proporcionada por los agentes en el lugar y protege
a la víctima durante una semana para darle tiempo a que obtenga
una orden de mayor duración.
6. En casos
en los cuales ambas partes muestran señales de lastimaduras, la
policía deberá identificar y arrestar al principal agresor;
es decir, a la persona agresora más significativa, indiferentemente
de quién haya iniciado la pelea. ¡No deberían arrestar a la
víctima!
7. La policía
deberá realizar una investigación completa del crimen, la cual
tendrá que incluir una historia completa de violencia doméstica
previa, entrevistas con todos los testigos, fotografías de lastimaduras
y de la escena; asimismo, deberá incorporar como evidencias la
cinta de la llamada al número 911, registros médicos, etc. Esta
investigación completa permitirá que el caso dependa menos sólo
del testimonio de la víctima.
Como
comunidad, debemos conocer nuestros derechos y exigir que el alguacil
y la policía los respeten.
Si llamas a la policía para que te proteja contra la violencia
doméstica y los agentes no siguen estos protocolos legales y obligatorios,
por favor reporta esta omisión a las Boinas Moradas. Ayúdanos
a distribuir ampliamente esta información. Para obtener copias
gratuitas de este volante, llámanos.
Las Boinas Moradas • PO Box 3064, Santa
Rosa, CA 95402 • 707-887-0262
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